RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN POR MEDIO DE LOS SITIOS WEB
- Oscar Bohorquez
- 21 abr 2023
- 1 Min. de lectura
Respetados Presidentes(as): Como es de su conocimiento, el Código Mundial Antidopaje es el documento fundamental y universal en el que se basa el Programa Mundial Antidopaje, así mismo, los estándares internacionales contienen los componentes técnicos y operativos para el desarrollo de las actividades de las Organizaciones Antidopaje.
Dichas disposiciones antidopaje se han incorporado al ordenamiento jurídico colombiano a través de la Ley 2084 de 2021 y su Decreto Reglamentario 1648 de 2021. La ley 2084 de 2021 “Por medio de la cual se adoptan medidas de prevención y de lucha contra el dopaje en el deporte” señala que las normas antidopaje deben ser “…de obligatorio cumplimiento por parte de los deportistas y miembros de su personal de apoyo, los entrenadores, los dirigentes deportivos, los organismos deportivos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte”.
Descargar todo el documento
Speakup de Wada
https://speakup.wada-ama.org/WebPages/Public/FrontPages/Default.aspx
Botón de denuncias de la Organización Nacional Antidopaje de Mindeporte.
https://www.onadcolombia.gov.co/mindeporte/eventos-programasinstitucionales/organizacion-nacional-antidopaje/herramientas-pagina/denuncie En tal virtud y como estrategia de prevención de la Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte, le estamos remitiendo dicha información para que, de ser posible, sea publicada en las plataformas digitales de la Federación y divulgada a los deportistas, y miembros del personal de apoyo vía correo electrónico.
En caso de requerir más información le solicitamos contactarse al correo electrónico: controldopaje@mindeporte.gov.co con gusto atenderemos su solicitud.

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